viernes, 20 de abril de 2012

Fiscalía recurre sobreseimiento de la causa de prevaricación y cohecho contra Fdez. Santiago.

Fiscalía Anticorrupción ha recurrido en apelación el auto del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que acordó sobreseer la imputación por delito de prevaricación y cohecho contra el expresidente de las Cortes y exconsejero de Fomento, José Manuel Fernández Santiago, por el proceso de adjudicación de la variante de Olleros de Alba (León), en el marco de las investigaciones seguidas por el denominado 'Caso Gürtel', y ha declarado prescrito el delito de cohecho también imputado al hoy procurador del PP por Ávila.
Pese a la posibilidad de recurrir inicialmente en reforma ante el juez instructor y posteriormente en apelación ante Sala de lo Civil y Penal del Alto Tribunal castellanoleonés, con sede en Burgos, Fiscalía Anticorrupción ha optado por acudir directamente a la segunda de ambas vías y ha justificado el recurso en el hecho de que, tal y como advierte, "para dar concluida la instrucción sería necesaria la práctica de diversas diligencias, parte de las cuales fueron inicialmente acordadas por el instructor y después dejadas sin efecto, sin que conste en el procedimiento el motivo por el que ya no sean precisas".
Con carácter fundamental, Anticorrupción cita como vulneraciones de la Ley de Enjuiciamiento Criminal la no práctica de una diligencia de "extraordinaria relevancia" como es el informe del Interventor General del Estado nombrado en funciones de auxilio judicial, que en su día había emitido dictámenes relativos a la adjudicación de la Variante de Olleros de Alba a petición del TSJ de Madrid, así como otro informe del mismo funcionario sobre las alegaciones y documentación aportadas a la causa por parte de la defensa al objeto de conocer si las mismas variaban las conclusiones alcanzadas inicialmente por éste.
Tal circunstancia, en opinión de la parte recurrente, "ha impedido comprobar o descartar la comisión de los delitos objeto del procedimiento", pues, tal y como recuerda, el dictamen técnico obviado es necesario para auxiliar al juez a la hora de tomar una decisión tan trascendental como la aquí adoptada, "especialmente en delitos que precisan una valoración sobre irregularidades administrativas que determinan la linde entre el delito y la infracción administrativa o entre distintas modalidades de un mismo delito", según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.
También incluye en el apartado de pruebas no practicadas, aunque de "menor relevancia", las diligencias interesadas por la Unidad de Delincuencia Financiera (UDEF) de la Policía, entre otras sobre el fax, para determinar la concreta ubicación de dónde fue emitido y el número de teléfono que lo recibió, así como local donde se encuentra y personas relacionadas con el mismo, además de la formación de un nuevo cuerpo de escritura para los imputados Rafael Martínez Molinero y José Luis Martínez Parra, puesto que, según el informe pericial caligráfico ya practicado, su ausencia impide determinar a los peritos si aquéllos hicieron o no determinados documentos.
Igualmente, cita la declaración en calidad de imputado de Tomás Martín González, jefe de Servicio de Proyectos y Obras de la Consejería de Fomento que elaboró el Pliego de cláusulas administrativas particulares del Concurso para la Variante de Olleros de Alba, además de la unión del testimonio de nuevos particulares de las DP 275/08 al Juzgado Central de Instrucción nº 5 relevantes para las actuales Diligencias Previas 2/2011.
Por lo expuesto, el Fiscal Anticorrupción pide que se revoque el auto del TSJCyL, de fecha 10 de abril de 2012, dejando sin efecto el sobreseimiento y acordando la continuación de la instrucción al entender que no está concluida, y, sin perjuicio de lo que de la misma pudiera resultar.
El referido auto acordó sobreseer parcialmente el delito prevaricación atribuido a Fernández Santiago, al no considerar probado que la adjudicación de la variante de Olleros de Alba se produjera de forma amañada, mientras que con respecto al de cohecho lo declaró prescrito y resolvió su sobreseimiento libre.
Por contra, en el caso de los investigados también como posibles perceptores de la comisión, tales como Jesús Merino, Luis Bárcenas, Gerardo Galeote y Francisco Correa, el TSJCyL decidió remitir por testimonio al Juzgado Central de Instrucción número 5 las actuaciones relativas a los hechos imputados en este procedimiento a los tres citados, junto con Luis Bárcenas Gutiérrez, José Gerardo Galeote Quecedo, junto con Pablo Crespo Sabaris, José Luis Izquierdo López, Andrés Bernabé Nieto y Domingo Magariños Domínguez, por no estar comprendidos en el sobreseimiento acordado respecto del delito de prevaricación ni en la prescripción decretada respecto del de cohecho, a fin de que resuelva lo procedente con arreglo a su propia competencia.
Respecto a Rafael Martínez Molinero, José Martínez Núñez y José Luis Martínez Parra, el TSJCyL entendió que debían ser exonerados de la consideración de imputados porque si los tres o alguno de ellos, en su condición de responsables de Teconsa, pagaron a Correa el 3% del importe de la adjudicación de la variante de Olleros de Alba, tal pago se realizó a un empresario particular y la retribución de que se trata aparece en principio destinada a él como pago de una mediación o intervención no necesariamente ilícita, "ya que no cabe presumir que supieran que iba destinado en todo o en parte a corromper a funcionarios o políticos, ni menos aun que se hiciera con esa finalidad".
También quedaron sobreseídas las actuaciones, parcial y provisionalmente, en lo relativo a la prevaricación imputada a Luis Alberto Solís Villa, José Muñoz Catalina, Ignacio Asín Alonso, Angel Encalado Iglesias, Angel Vaca Gutiérrez, Antonio Ruiloba Errandonea, Javier Marqués de la Cruz, Jesús Martín Almeida, Belén González González, Julio González Arias y José Antonio Fernández Sáinz.
La derivación castellanoleonesa del caso Gürtel pasó a manos del TSJCyL después de que el TSJ de Madrid, en un auto de fecha 11 de julio del pasado año, aceptara la inhibición del magistrado que instruía dicho asunto, Antonio Pedreira, en lo relativo a la ajudicación de la variante de Olleros de Alba, dada la supuesta implicación en la misma de Fernández Santiago, expresidente de las Cortes y en la actualidad procurador del PP.
En concreto, el magistrado se inhibió en lo que se refería a tres informes de la UDEF en relación al pago, en fechas comprendidas entre diciembre de 2002 y enero de 2003, de "una comisión vinculada a la adjudicación del 'proyecto de construcción de la Variante de Olleros de Alba', carretera C-626, de Cervera de Pisuerga a la Magdalena por Guardo, Trama de Olleros de Alba del punto kilométrico 4,100-8,600' a la mercantil Teconsa", una de las empresas investigadas en la trama corrupta.
Las investigaciones de la UDEF apuntaban un reparto de esa comisión entre distintas personas, entre las que se incluía José Manuel Fernández Santiago, que entonces desempeñaba el cargo de consejero de Fomento de la Junta de Castilla y León, a quien se atribuía asimismo haber recibido 18.000 euros el 23 de abril de 2002 "por motivos que se desconocen". (FUENTE: EUROPA PRESS).

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