Fiscalía Anticorrupción ha recurrido en apelación el auto del
Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que acordó sobreseer la
imputación por delito de prevaricación y cohecho contra el expresidente
de las Cortes y exconsejero de Fomento, José Manuel Fernández Santiago,
por el proceso de adjudicación de la variante de Olleros de Alba
(León), en el marco de las investigaciones seguidas por el denominado 'Caso Gürtel', y ha declarado prescrito el delito de cohecho también imputado al hoy procurador del PP por Ávila.
Pese a la posibilidad de recurrir inicialmente en reforma ante el
juez instructor y posteriormente en apelación ante Sala de lo Civil y
Penal del Alto Tribunal castellanoleonés, con sede en Burgos, Fiscalía
Anticorrupción ha optado por acudir directamente a la segunda de ambas
vías y ha justificado el recurso en el hecho de que, tal y como
advierte, "para dar concluida la instrucción sería necesaria la
práctica de diversas diligencias, parte de las cuales fueron
inicialmente acordadas por el instructor y después dejadas sin efecto,
sin que conste en el procedimiento el motivo por el que ya no sean
precisas".
Con carácter fundamental, Anticorrupción
cita como vulneraciones de la Ley de Enjuiciamiento Criminal la no
práctica de una diligencia de "extraordinaria relevancia" como es el
informe del Interventor General del Estado nombrado en funciones de
auxilio judicial, que en su día había emitido dictámenes relativos a la
adjudicación de la Variante de Olleros de Alba a petición del TSJ de
Madrid, así como otro informe del mismo funcionario sobre las
alegaciones y documentación aportadas a la causa por parte de la defensa
al objeto de conocer si las mismas variaban las conclusiones alcanzadas
inicialmente por éste.
Tal circunstancia, en opinión
de la parte recurrente, "ha impedido comprobar o descartar la comisión
de los delitos objeto del procedimiento", pues, tal y como recuerda, el
dictamen técnico obviado es necesario para auxiliar al juez a la hora de
tomar una decisión tan trascendental como la aquí adoptada,
"especialmente en delitos que precisan una valoración sobre
irregularidades administrativas que determinan la linde entre el delito y
la infracción administrativa o entre distintas modalidades de un mismo
delito", según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.
También incluye en el apartado de pruebas no practicadas, aunque de
"menor relevancia", las diligencias interesadas por la Unidad de
Delincuencia Financiera (UDEF) de la Policía, entre otras sobre el fax,
para determinar la concreta ubicación de dónde fue emitido y el número
de teléfono que lo recibió, así como local donde se encuentra y personas
relacionadas con el mismo, además de la formación de un nuevo cuerpo de
escritura para los imputados Rafael Martínez Molinero y José Luis
Martínez Parra, puesto que, según el informe pericial caligráfico ya
practicado, su ausencia impide determinar a los peritos si aquéllos
hicieron o no determinados documentos.
Igualmente, cita
la declaración en calidad de imputado de Tomás Martín González, jefe de
Servicio de Proyectos y Obras de la Consejería de Fomento que elaboró
el Pliego de cláusulas administrativas particulares del Concurso para la
Variante de Olleros de Alba, además de la unión del testimonio de
nuevos particulares de las DP 275/08 al Juzgado Central de Instrucción
nº 5 relevantes para las actuales Diligencias Previas 2/2011.
Por lo expuesto, el Fiscal Anticorrupción pide que se revoque el auto
del TSJCyL, de fecha 10 de abril de 2012, dejando sin efecto el
sobreseimiento y acordando la continuación de la instrucción al entender
que no está concluida, y, sin perjuicio de lo que de la misma pudiera
resultar.
El referido auto acordó sobreseer parcialmente
el delito prevaricación atribuido a Fernández Santiago, al no
considerar probado que la adjudicación de la variante de Olleros de Alba
se produjera de forma amañada, mientras que con respecto al de cohecho
lo declaró prescrito y resolvió su sobreseimiento libre.
Por contra, en el caso de los investigados también como posibles
perceptores de la comisión, tales como Jesús Merino, Luis Bárcenas,
Gerardo Galeote y Francisco Correa, el TSJCyL decidió remitir por
testimonio al Juzgado Central de Instrucción número 5 las actuaciones
relativas a los hechos imputados en este procedimiento a los tres
citados, junto con Luis Bárcenas Gutiérrez, José Gerardo Galeote
Quecedo, junto con Pablo Crespo Sabaris, José Luis Izquierdo López,
Andrés Bernabé Nieto y Domingo Magariños Domínguez, por no estar
comprendidos en el sobreseimiento acordado respecto del delito de
prevaricación ni en la prescripción decretada respecto del de cohecho, a
fin de que resuelva lo procedente con arreglo a su propia competencia.
Respecto a Rafael Martínez Molinero, José Martínez Núñez y José Luis
Martínez Parra, el TSJCyL entendió que debían ser exonerados de la
consideración de imputados porque si los tres o alguno de ellos, en su
condición de responsables de Teconsa, pagaron a Correa el 3% del importe
de la adjudicación de la variante de Olleros de Alba, tal pago se
realizó a un empresario particular y la retribución de que se trata
aparece en principio destinada a él como pago de una mediación o
intervención no necesariamente ilícita, "ya que no cabe presumir que
supieran que iba destinado en todo o en parte a corromper a funcionarios
o políticos, ni menos aun que se hiciera con esa finalidad".
También quedaron sobreseídas las actuaciones, parcial y
provisionalmente, en lo relativo a la prevaricación imputada a Luis
Alberto Solís Villa, José Muñoz Catalina, Ignacio Asín Alonso, Angel
Encalado Iglesias, Angel Vaca Gutiérrez, Antonio Ruiloba Errandonea,
Javier Marqués de la Cruz, Jesús Martín Almeida, Belén González
González, Julio González Arias y José Antonio Fernández Sáinz.
La derivación castellanoleonesa del caso Gürtel
pasó a manos del TSJCyL después de que el TSJ de Madrid, en un auto de
fecha 11 de julio del pasado año, aceptara la inhibición del magistrado
que instruía dicho asunto, Antonio Pedreira, en lo relativo a la
ajudicación de la variante de Olleros de Alba, dada la supuesta
implicación en la misma de Fernández Santiago, expresidente de las
Cortes y en la actualidad procurador del PP.
En
concreto, el magistrado se inhibió en lo que se refería a tres informes
de la UDEF en relación al pago, en fechas comprendidas entre diciembre
de 2002 y enero de 2003, de "una comisión vinculada a la adjudicación
del 'proyecto de construcción de la Variante de Olleros de Alba',
carretera C-626, de Cervera de Pisuerga a la Magdalena por Guardo, Trama
de Olleros de Alba del punto kilométrico 4,100-8,600' a la mercantil
Teconsa", una de las empresas investigadas en la trama corrupta.
Las investigaciones de la UDEF apuntaban un reparto de esa comisión
entre distintas personas, entre las que se incluía José Manuel Fernández
Santiago, que entonces desempeñaba el cargo de consejero de Fomento de
la Junta de Castilla y León, a quien se atribuía asimismo haber recibido
18.000 euros el 23 de abril de 2002 "por motivos que se desconocen". (FUENTE: EUROPA PRESS).
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