lunes, 14 de julio de 2014

Fútbol, sociolingüística y tecnolecto jurídico.


El tecnolecto, más conocido como argot o jerga, es el conjunto de palabras y locuciones propias del lenguaje empleado específicamente dentro de una profesión o actividad. Uno de los más conocidos (y sufridos) es el jurídico del cual paso a exponer un ejemplo.





Siempre me han llamado la atención los estrictos cumplidores de reglamentos, la gente rígida y atada con grilletes a las ordenanzas, absolutamente impermeable a todo lo que se salga de ellas, incluido por supuesto el sentido común. Quién no se ha tropezado alguna vez con un funcionario estricto que te amarga el día por una estupidez burocrática o con un agente de tráfico radicalmente inflexible, capaz de ponerte una multa de abrigo por aparcar en doble fila sin importarle que lo hicieras para entrar en una casa en llamas y salvar la vida a las dos ancianas que vivían en el ático. Es un decir.

Un buen ejemplo de este tipo de personalidad cuadriculada y ciega a las excepciones en el árbitro de Segunda Jesús Muñoz Mayordomo, del colegio castellano-manchego. Al hombre no le tembló el pulso a la hora de expulsar al médico del Castilla, José Luis de la Morena, que había saltado al campo para atender a un jugador que requería con urgencia de sus servicios tras haber sufrir un traumatismo craneoencefálico. Gracias a su celeridad, es probable que el futbolista salvara la vida ya que se le tuvo que aplicar oxígeno para que recuperara la consciencia. Al trencilla, sin embargo, todo esto le debieron de parecer tonterías. Lo único importante, a su juicio, es que José Luis de la Morena había saltado al campo sin pedirle permiso y, además, por si esto no fuera delito suficiente, se dirigió al cuarto árbitro de forma brusca exigiéndole que parase "el puto partido". Pues bien, roja que te crió.

Me interesé en ese mismo instante por Jesús Muñoz Mayordomo. Es algo que no puedo evitar. Ya digo que me interesan mucho este tipo de personalidades y las analizo con voluntad de entomólogo. Hice las breves pesquisas pertinentes y mis temores se confirmaron. Muñoz Mayordomo es una gran promesa del arbitraje español, uno de los grandes favoritos del Comité Técnico de Árbitros que preside Victoriano Sánchez Arminio. De hecho, un año después de haber ascendido a Segunda tras conseguir la pasada temporada el mejor coeficiente y demostrar una gran condición física, ya está en la rampa de lanzamiento para el salto a Primera. Los que le conocen bien aseguran que es un árbitro de gatillo fácil -su promedio de tarjetas es de 6,25- y que por culpa de esta pulsión sancionadora a veces convierte partidos de guante blanco en duelos en el OK Corral. Este tipo de cosas, sin embargo, son intrascendentes para el máximo organismo arbitral.

Revuelo mediático

Como no podía ser de otra manera, la expulsión del médico del Castilla provocó un considerable revuelo mediático. Hubo mucha indignación y todo el mundo dio por descontado que el Comité de Competición disculparía al médico. Así fue. El pasado miércoles dejó sin efecto la tarjeta roja y lo hizo con los siguientes fundamentos jurídicos que paso a transcribir.
Aún cuando objetivamente los hechos que se reflejan en el acta arbitral pudieran ser tipificables como una acción constitutiva de una infracción deportiva, aquellos deben contextualizarse dentro de las especiales circunstancias que concurren en el instante en el que se producen. En este sentido, debe tenerse en cuenta que el jugador Don Diego Javier Llorente Ríos sufrió un fuerte golpe, tras el que queda conmocionado y afectado por un traumatismo craneoencefálico, que ha quedado exhaustivamente constatado por el Informe Médico emitido por el Hospital Universitari de Girona, aportado por el Real Madrid, C.F. junto con su escrito de alegaciones.

Y añade: En buena lógica, cabe inferir que el Médico del equipo se percató de la aparente gravedad de la lesión y, movido por su comprensible intención de atender urgentemente a su jugador, haga primar su lex artis como galeno y, en un momento determinado, cometa la controvertida acción en cuestión que, dada su indudable antideportividad, el Colegiado recoge en el acta arbitral.

El acta del Comité de Competición concluye con una larga mención al artículo 7.1 del Código Disciplinario de la RFEF, que establece que en la determinación de la responsabilidad derivada de las infracciones deportivas, los órganos disciplinarios federativos deberán atenerse a los principios informadores del derecho sancionador, entre los que, por extensión, cabe aplicar en este caso y con carácter excepcional el estado de necesidad como circunstancia para eximir de consecuencias disciplinarias los hechos en cuestión. Aún cuando el buen orden deportivo y el respeto a la autoridad arbitral son bienes jurídicos de indudable valor y especial protección en el ordenamiento disciplinario deportivo, no puede pasarse por alto otros bienes jurídicos como la salud y la integridad física del jugador (que alcanza incluso el rango de Derecho Fundamental en el artículo 15 de la Constitución Española), cuya necesidad de inmediata y necesaria atención por parte del Médico del equipo, para valorar su alcance y actuar urgentemente, provoca con toda probabilidad la tensa situación y consiguiente reacción de Don Julio de la Morena Garzón que ha dado lugar a las presentes actuaciones.

Prosa jurídica

Impresionante, no me digan. Reconozco mi fascinación por la prosa jurídica, que es como comerse un polvorón y decir Zaragoza, incluida su particular sintaxis. ¡Qué bonito eso de que De la Morena hizo primar "su lex artis como galeno"! ¡Y que grandes esas mayúsculas, modélicamente arbitrarias, en sustantivos como Médico o Colegiado y en adjetivos como Fundamental! Lo más impresionante de todo, en cualquier caso, es el nivel de la argumentación, la monumental concatenación de obviedades, el infantilismo subyacente, puede que inevitable teniendo en cuenta la estupidez que se juzgaba. Recordemos algunos pasajes inolvidables. 1. "Los hechos (...) deben contextualizarse dentro de las especiales circunstancias que concurren en el instante en el que se producen". 2. "En buena lógica, cabe inferir que el Médico del equipo se percató de la aparente gravedad de la lesión y, movido por su comprensible intención de atender urgentemente a su jugador..." 3. "Aún cuando el buen orden deportivo y el respeto a la autoridad arbitral son bienes jurídicos de indudable valor y especial protección en el ordenamiento disciplinario deportivo, no puede pasarse por alto otros bienes jurídicos como la salud y la integridad física del jugador". 4. La "necesidad de inmediata y necesaria atención por parte del Médico del equipo, para valorar su alcance y actuar urgentemente, provoca con toda probabilidad la tensa situación...".

Sí. Efectivamente. Es bueno que los hechos se contextualicen, más que nada para no caer en el ridículo. Y, efectivamente, cabe inferir que el médico se percató de la gravedad de la situación y que por ello se decidió a actuar a toda prisa, sin perder el tiempo solicitando los permisos pertinentes. Y también cabe inferir que en un partido no puede pasarse por alto algo tan fundamental como la salud y la integridad física de las personas. ¿Es que alguien tiene alguna duda? Alguien que no sea idiota, quiero decir. Pues sí, la tuvo Jesús Muñoz Mayordomo, sólida promesa de un estilo de arbitraje picajoso y reglamentista que ojalá desapareciese del fútbol español, aunque no lo creo. Al contrario. Me temo que llegará lejos. Además, ahora que lo pienso, me había olvidado de una cuestión tan importante en nuestro arbitraje como la sonoridad onomástica. ¡Y qué bien suena Muñoz Mayordomo! Tan bien como Mayoral Cedenilla, Soriano Aladrén, Ausocua Sanz, Acebal Pezón, Riera Morro... Esos grandes clásicos. No olviden este nombre. Muñoz Mayordomo. Yo ya le veo a los lejos, viniendo hacia aquí. ¡Y se está llevando la mano al bolsillo de las tarjetas!. (FUENTE: artículo de opinión de Jon Agiriano, periodista de EL CORREO).

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